Escritura de división horizontal de un edificio mediante la que se pone fin a la situación de condominio existente.



Cuando se trata de un bien divisible físicamente esa es la primera opción que hay que barajar, dado que es la solución que dispone el Código Civil en párrafo segundo del artículo 401, cuyo tenor literal es: 

(...)

Si se tratare de un edificio cuyas características lo permitan, a solicitud de cualquiera de los comuneros, la división podrá realizarse mediante la adjudicación de pisos o locales independientes, con sus elementos comunes anejos, en la forma prevista por el artículo trescientos noventa y seis.

 

En este caso esa fue la opción adoptada por los condueños, tras alcanzar un acuerdo en un proceso judicial, en el que decidieron finalmente realizar un sorteo entre los copropietarios, compensando al que resultó ser adjudicatario de un lote que no cubría su porcentaje con otras fincas.

  

Para confeccionar la Escritura Pública ello hay que describir detalladamente cada unos de las viviendas y locales en que queda divido el inmueble, con asignación del porcentaje de participación en el inmueble.

 

Espero que esta información y documentación os resulte de interés.

 

Podéis contactar conmigo llamando al 619 41 23 11 y 91 530 96 95

 

José Valero Alarcón

Abogado de Proindivisos


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Escritura de División Horizontal para poner fin a la copropiedad de un edificio
Adjudicación de un inmueble por pisos y locales entre sus condueños como forma efectiva de poner fin a un proindiviso
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