Autorización de Venta Directa de la Parte Indivisa que pertenece a un Discapacitado en una Vivienda que en Proindiviso mantiene con sus familiares



Cuando la propiedad de un bien pertenece, ya sea en su totalidad o en proindiviso, a una persona con discapacidad es necesario contar con Autorización Judicial para proceder a su venta, fue por tanto preciso instar del Juez el permiso para vender la sexta parte indivisa perteneciente al discapacitado, tramitándose dicha petición por el cauce dispuesto en la Ley de la Jurisdicción Voluntaria, concretamente en los artículos 61 a 66.

 

En el presente caso, parte de los propietarios instaron acción de división de cosa común frente a los restantes condueños y, en el curso del procedimiento, se consiguió una oferta para la compra del bien, lo que propició fuese suscrito un contrato de arras cuya validez quedó supeditada a que se lograra obtener la preceptiva autorización judicial de venta, interesando por ello, de común acuerdo, las partes la suspensión del proceso judicial de división, procediendo la hermana que ostentaba la Tutela (hoy Curatela) a formalizar la solicitud de venta ante el Juez del lugar de residencia de su hermano, a la que se acompañó documentación que acreditaba:

  • La condición de tutora de la instante.
  • La copropiedad de una vivienda en condominio con expresión de la participación de cada uno de los condueños.
  • El coste que implicaba el mantenimiento y sostenimiento de la vivienda en proindiviso.
  • La existencia de un procedimiento judicial encaminado a la extinción del proindiviso, cuyo resultado a falta de acuerdo, implicaría la subasta del bien.
  • Compromiso de compra supeditado a la concesión de la preceptiva autorización judicial.
  • Tasación del bien
  • Certificado del Valor Mínimo de Referencia emitido por el Catastro

Se puso de manifiesto que mantener la propiedad del inmueble resultaba gravoso para los condueños al no obtenerse ningún rendimiento; que la oferta recibida, aún siendo inferior al valor de tasación era muy razonable y al menos superaba el valor de referencia catastral y, que de no obtenerse la autorización requerida, el desenlace sería inexorablemente la subasta del bien.

 

Se convocó a una comparecencia judicial en la que, tras oír al discapacitado, se escucho a los restantes condueños que se mostraron partidarios a la venta en las condiciones ofertadas por un tercero, quien ratificó ante el Juez que la mantenía, tras lo que pasaron las actuaciones al Ministerio Fiscal para que Informara, siendo positiva su respuesta.

 

Fue dictado Auto mediante el que se autoriza la venta directa del bien, facultando también para hacerlo mediante subasta y disponiendo que el importe de la venta, que no podrá ser inferior al importe ofertado, que corresponda al cotitular deberá quedar depositado en su cuenta.

 

Espero que esta información y documentación os resulte de interés.

 

Podéis contactar conmigo llamando al 680 253 259 y 91 530 96 95

 

José Valero Alarcón

Abogado de Proindivisos




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Petición de Autorización de Venta Directa de Participación en una Vivienda en Proindiviso perteneciente a persona Discapacitada
La solicitud se acomoda a lo dispuesto en la Ley de la Jurisdicción Voluntaria en sus artículos 61 a 66.
Solicitud de Autorización de Venta Direc
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Decreto de Admisión a trámite de la Petición de Autorización para Venta Directa de Bien que en parte pertenece a un discapacitado
Se convoca a la instante y al Ministerio Fiscal a una comparecencia en la que ha de ser escuchado el copropietario con discapacidad, así como el resto de condueños y el interesado en la compra del bien.
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Imforme del Ministerio Fiscal favorable a la concesión de la Autorización de Venta Judicial
Al no haber comparecido el Ministerio Fiscal a la comparecencia señalada por el Juzgado se le trasladas las actuaciones y grabación del acto para que informe por escrito.
Ministerio Fiscal INFORME.pdf
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Resolución mediante la que se accede a la Venta Directa de la Porción del Bien perteneciente al Discapacitado
El Juez, atendidas las circunstancias concurrentes accede a la petición. Una vez firme la resolución se puede firma la Escritura de Venta, debiendo ser ingresada la suma obtenida en cuenta del discapaz
Resolución accediendo a la venta directa
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