Os muestro caso real de extinción de condominio de vivienda y plaza de garaje adquirida por pareja de hecho ya separada, inmuebles sobre los que pesa préstamo garantizado mediante hipoteca.
Las partes alcanzaron un acuerdo para su adjudicación a uno de ello con compensación en metálico, debiendo ser asumida además por el adquirente, la totalidad de la hipoteca que grava la casa; para ello fue preciso que la entidad bancaria mostrase su consentimiento por lo que tuvo que acudir a firmar la Escritura Pública, pues de no hacerlo el copropietario que deja de serlo seguiría respondiendo personalmente del préstamo pendiente de amortizar, a tenor de lo dispuesto en el artículo 405 del Código Civil:
La división de una cosa común no perjudicará a tercero, el cual conservará los derechos de hipoteca, servidumbre u otros derechos reales que le pertenecieren antes de hacer la partición. Conservarán igualmente su fuerza, no obstante la división, los derechos personales que pertenezcan a un tercero contra la comunidad.
De no hacerse así, el copropietario que transmite su parte, al constar como deudor hipotecario en las base de datos del Banco de España, tendrá dificultades o se vería imposibilitado para obtener financiación y, en caso de impago del préstamo, podría llegar a tener que responder con su patrimonio personal de la deuda, en caso de que el valor del bien no fuese suficiente para cubrirla.
Es por lo expuesto fundamental que si se puede, quede autorizada la subrogación, aunque hay ocasiones en que resulta imposible por no autorizarlo el banco al no serle aportadas garantías a su juicio suficientes
Tras la firma de la escritura hay que liquidar el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados, así como presentar como "No sujeta" Autoliquidación por el IIVTNU (Plusvalía Municipal) y proceder a inscribir la escritura de extinción del proindiviso en el Registro de la Propiedad. Para más información os recomiendo acceder a la sección de fiscalidad, pulsando aquí.
Espero que esta información y documentación os resulte de interés.
Podéis contactar conmigo llamando al 619 41 23 11 y 91 530 96 95
Abogado especialista en disolución de proindivisos, procesos de división de cosa común y subastas judiciales.
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