En la actualidad, es necesario antes de interponer demanda de división de cosa común, haber intentado solucionar el conflicto existente extrajudicialmente a través de un Medio Adecuado para la Solución de Controversias (MASC); en este caso optamos por remitir en nombre de nuestras clientes Oferta Vinculante Confidencial (OVC), trasladando al condueño las opciones que se estimaban adecuadas para la extinción del proindiviso.
Para ello se le remitió mediante Burofax con acuse de recibo y certificación de texto la OVC, proponiendo tres alternativas, siendo aceptada la primera de ellas, que consistía en ceder todos los condueños su participación a una copropietaria, quien abonaría, en compensación, el importe ofertado y asumiría todos los costes de la operación.
Tras realizar los debidos ajustes en la suma ofertada, al existir un usufructo cuyo valor actual era inferior al que tenía al momento de su constitución, que implicaba que los propietarios tuviesen que recibir algo más de la suma propuesta en la OVC, minorándose en el mismo monto lo que correspondía a la usufructuaria, se suscribió Escritura Pública de Extinción del Condominio, zanjándose sin necesidad de llegar a pleito la controversia existente.
Os dejamos acceso al texto íntegro de la Oferta Vinculante Confidencial y a la Escritura Pública otorgada por todos os copropietarios y usufructuaria.
Espero que esta información y documentación os resulte de interés.
Podéis contactar conmigo llamando al 619 41 23 11 y 91 530 96 95
Abogado especialista en disolución de proindivisos, procesos de división de cosa común y subastas judiciales.
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